viernes, 19 de octubre de 2007

A TRABAJAR













Columna de opinión publicada por La Secretaría Regional Ministerial de Justicia en Diario El Día, de La Serena.
Imagen: Viñedos en comuna de Monte Patria, Provincia de Limarí


Parece que existen algunos mitos sobre la opinión de la ciudadanía respecto a cómo mejorar la seguridad pública. Por ejemplo, está lejos de ser unánime la fórmula ‘más carabineros, menos delincuencia’. Siempre que desde la Secretaría de Justicia hacemos difusión sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), muchas vecinas y dirigentes aseguran que es más importante la prevención educativa, cultural y social en los jóvenes. Lo mismo ocurre con las sanciones. Es frecuente que espontáneamente se diga que es incluso contraproducente encarcelar a adolescentes por ilícitos menores, que no le conviene a nadie que pierdan contacto con su familia y entorno.

¿Significa eso impunidad para el infractor? Claro que no. Desde el 8 de junio, cuando entró en vigencia la LRPA, todos quienes tienen 14, 15, 16 o 17 años de edad son sancionables penalmente si incurren en algún ilícito, desde fumar marihuana en la vía pública hasta cometer un homicidio.

En cuanto a esos hechos no graves que no son penables con privación de libertad, como hurto simple y robo en lugar no habitado, la LRPA contempla una forma novedosa de sanción, recibida favorablemente por la ciudadanía: los trabajos comunitarios, la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación precaria, como prestación de servicios en salas cunas, Bomberos u organismos públicos de la Región. Ya hay jóvenes sentenciados, en La Serena, Ovalle, Illapel y Los Vilos, casos de los que hablaremos en próximos encuentros sabatinos.

Los trabajos comunitarios tendrán una extensión mínima de 30 horas y máxima de 120 horas. No podrán exceder de 4 horas diarias y deberán ser compatibles con la educación o trabajos del adolescente. Su imposición -por parte de un juez de garantía, en un proceso oral y transparente- requerirá del acuerdo del condenado para regular su contenido, debiendo, si así fuere, ser sustituida por una sanción superior, no privativa de libertad.

Si el joven reincide mientras cumple el trabajo comunitario, será no sólo un nuevo delito, sino además quebrantamiento de sanción, lo que por sí solo conlleva la sustitución por una pena más gravosa, sin perjuicio de la sanción por el nuevo delito. Si se comete después del trabajo comunitario, sólo implica que no podrá invocar la atenuante de irreprochable conducta anterior.

Los trabajos comunitarios hacen responsables a los jóvenes por ilícitos no graves que usualmente no se sancionaban, cuando eran cometidos por jóvenes de 14 o 15 años de edad, o bien por adolescentes de 16 o 17 años declarados sin discernimiento, ofreciendo la posibilidad de que el infractor aprenda a convivir correctamente, con respeto, pero sin encierro y desarraigarlo de su red social de apoyo.



Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia – Región de Coquimbo

UNIVERSITARIOS PREGUNTAN SOBRE LEY DE RPA


Cerca de ochenta estudiantes de la Universidad Santo Tomás, en La Serena, participaron en una nueva jornada de difusión sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, efectuada por la Secretaría Ministerial de Justicia de Coquimbo.


En la oportunidad, el estudiantado consultó a la Seremi Marcela Muñoz los principales alcances de la nueva normativa.

ESA FRECUENTE PREGUNTA (SEGUNDA PARTE)


Columna de opinión de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Coquimbo, publicada por Diario El Día, de La Serena.
Imagen: Comuna de Paihuano, Valle de Elqui.
Aquí estamos nuevamente, como ocurre desde febrero de 2004, juntos otro sábado para analizar uno de los bienes más importantes de la sociedad: la justicia. Hoy continuaremos con las sanciones contempladas en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), vigente desde el 8 de junio. Coinciden aquí la importancia jurídica de este punto y el interés e intuición de ustedes, la ciudadanía, siendo frecuentes las preguntas y comentarios de estudiantes, apoderados, dirigentes comunitarios y vecinos sobre este tema, cuando desde la Secretaría Ministerial de Justicia hacemos difusión por toda la Región.

Existe un amplio catálogo de sanciones no privativas de libertad, aplicables a jóvenes de 14, 15, 16 y 17 años de edad. Dos de ellas son la libertad asistida y la libertad asistida especial, y se utilizan en casos de delitos como robos no violentos. En éstas, previa sentencia de un juez, en un proceso oral, público e imparcial, el joven no es privado de libertad ni total ni temporalmente; permanece en el medio libre, sujeto por un máximo de 3 años al control de un delegado, de acuerdo a un plan de intervención personalizado, cuyo objetivo es la integración social, terminar a edad temprana una posible carrera delictiva.

¿Cómo funciona? Una vez designado el delegado -profesional especializado en adolescentes infractores, miembro de instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores-, se propondrá al juez un plan personalizado de cumplimiento de actividades periódicas para el infractor, con programas socioeducativos, de terapia, de promoción y protección de derechos, incluyendo la asistencia regular al sistema escolar que corresponda. Este plan será más intensivo en la libertad asistida especial. El control hacia el adolescente se ejercerá a través de medidas de supervigilancia aprobadas por el juez, que incluirán la presencia obligatoria del adolescente en encuentros periódicos con su delegado. Por último, la LRPA establece que si un adolescente no cumple con los requisitos y deberes se le aumentará la sanción, incluyendo su paso por centros privativos de libertad.


La libertad asistida y libertad asistida especial no fomentan la impunidad. De hecho, a través de ellas se castigan conductas de jóvenes de 14 o 15 años que antes de la LRPA quedaban sin ninguna sanción. El espíritu de la Ley apunta a poner como eje el proceso de reinserción social, indicando la experiencia internacional que las medidas en el medio libre son más efectivas, en este sentido, que la encarcelación y el desarraigo del adolescente de su entorno, sobre todo en ilícitos que no ponen en riesgo la integridad, la vida de las personas.


Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia – Región de Coquimbo

MASIVA PLAZA CIUDADANA EN LA SERENA


En el sector Las Compañías, una nueva Plaza Ciudadana de Justicia congregó a cientos de vecinos/as de este populoso sector de La Serena.


En la actividad, que se extendió entre las 10.00 y 14.00 horas, los servicios del Ministerio, junto a la Secretaría de la Región de Coquimbo, entregaron información y orientación al público.

ALTO INTERÉS EN PROFESORES DE COQUIMBO ANTE NUEVA LEY DE RPA


Más de viente preguntas y comentarios formularon docentes del Colegio Francis School, de Coquimbo, durante una nueva jornada de difusión de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, efectuada por la Secretaría Ministerial de la Región de Coquimbo.


Durante la actividad, que congregó a cincuenta profesores/as, la Seremi Marcela Muñoz explicó los principales elementos de la nueva normativa.

CONTINÚA EVALUACIÓN DE LEY DE RPA EN REGIÓN DE COQUIMBO


Un profundo análisis del desenvolvimiento de la Ley de RPA en la Región de Coquimbo efectuaron los integrantes de la Mesa Regional que aborda la nueva judicatura.La actividad, coordinada por la Seremi de Justicia, Marcela Muñoz, se realizó en la Intendencia Regional.

NUEVAMENTE EN VICUÑA APRENDEN SOBRE LEY DE RPA


Cien estudiantes de enseñanza media del Liceo Alberto Mondaca Cortés, de la comuna de Vicuña, al interior de la Región de Coquimbo, participaron en una capacitación sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, la que fue encabezada por la Seremi de Justicia Marcela Muñoz.