viernes, 27 de junio de 2008

CÁRCEL Y LIBERTAD

Columna de opinión publicada por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Coquimbo en Diario El Día, de La Serena.


Nunca antes se habló tanto de la justicia como en los últimos años. Una de las muchas razones de ello es la transparencia. Con la Reforma Procesal Penal y la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), el tema de este espacio de opinión, llegaron las audiencias públicas y orales, y con ellas el fin del secretismo y de documentos difíciles o imposibles de acceder. Esto ha conllevado que muchos aspectos de la aplicación de la justicia sean cada vez más analizados por la ciudadanía, la opinión pública y los medios, siendo una de las aristas más debatidas la disyuntiva entre la ejecución de penas en la cárcel y aquellas que deben ser cumplidas parcial o totalmente en libertad.

En ese contexto, ¿Por qué la LRPA considera la cárcel como último recurso de penalización contra jóvenes entre 14 y 17 años que han cometido ilícitos?


Es sencillo. El énfasis de la nueva normativa está en la reinserción social, ya que está comprobado que en términos criminológicos el efecto de la total privación de libertad muchas veces produce en el adolescente un daño mayor y una más alta frecuencia de reingresos al sistema, de reincidencia, dadas las condiciones sicológicas y de formación por las que atraviesa. De hecho, la experiencia en este punto de países como Brasil y España, ha demostrado que la no desvinculación del joven de su entorno socio-comunitario, de su familia, primordialmente, facilita que las herramientas que necesita desarrollar para efectos de reinserción social se potencien. Herramientas que efectivamente existen en la LRPA, al incorporar ésta un fuerte componente educativo en todas las acciones de intervención que se llevan a cabo.

Ahora bien, es necesario aclarar lo siguiente: Las penas en el medio libre, como la libertad vigilada o los trabajos comunitarios, de las cuales hablaremos próximamente, no fomentan la impunidad. Junto con la creación de un prontuario delictivo para el infractor, como implicancia directa de su conducta ilícita, el nuevo sistema contempla que si un adolescente infractor no cumple una sanción de esta naturaleza, inmediatamente se le aplicará una pena más dura, incluyendo la posibilidad de su paso por programas privativos de libertad.


Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia – Región de Coquimbo

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