lunes, 22 de octubre de 2007

¿Y LOS PADRES?


Columna de opinión publicada por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia - Región de Coquimbo, en Diario El Día, de La Serena

Imagen: Coquimbo, Provincia de Elqui.

Este sábado vamos a hablar de los padres de jóvenes que delinquen. Pero primero, un necesario repaso. Ya sabemos que la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) es la primera gran apuesta en la historia de Chile por sancionar y reinsertar con reales criterios de eficacia y eficiencia a los jóvenes de 14, 15, 16 y 17 años que cometen ilícitos. Estamos al tanto de que replica la oralidad, transparencia e imparcialidad de la Reforma Procesal Penal y que implementa modernos programas socioeducativos del Servicio Nacional de Menores (Sename), de acuerdo a la Convención Internacional de los Derechos del Niño, lo que significa que hoy estas personas son responsables de sus actos. Pueden ser condenados a sanciones privativas y no privativas de libertad, desde el encierro total en el centro cerrado de cumplimiento de penas de La Serena, hasta la amonestación de un juez de garantía.

No crea que ésto es sinónimo de pasividad para nosotros los adultos frente al nuevo destino judicial que enfrentan los adolescentes, que los padres de un joven hallado culpable son meros espectadores. En principio no les cabe ninguna obligación en la falta o el delito cometido por su hijo/a, porque es un concepto básico del Derecho Penal que las responsabilidades son personales. Sólo podrían ser responsables civilmente a través de una indemnización de perjuicios.

Pese a ello, la LRPA efectivamente considera a los padres como una piedra angular del proceso de reinserción social de los jóvenes, teniendo una directa vinculación con la disciplina, el apoyo emocional y el cumplimiento de la pena, como por ejemplo, algún tipo de trabajo comunitario. O bien, el plan socioeducativo personalizado al que sea sometido por el juez, incluido en las sanciones privativas y no privativas de libertad que deben ser desarrolladas directamente por el Sename o por sus instituciones acreditadas. De hecho, el padre y la madre, una vez notificados, ya están asistiendo a los juzgados de garantía de nuestra Región, a las audiencias orales donde se resuelve el caso de su hijo/a, teniendo así todas las facilidades para comprender lo que ocurre y colaborar en la toma de conciencia y reinserción del adolescente, que no repita la conducta antisocial, nociva para su entorno más cercano, la sociedad y -sobre todo- para él mismo.
Por último, la responsabilidad por faltas, delitos o crímenes de personas de 18 años y mayores continúa tal cual la conocemos en la en Reforma Procesal Penal, es decir, se regula según normas generales contempladas en el Código Penal y leyes especiales que sancionan conductas ilícitas.



Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia, Región de Coquimbo

EN PLENO VALLE DE ELQUI ESTUDIANTES APRENDEN SOBRE LEY NUEVA LEY PENAL ADOLESCENTE


150 estudiantes de enseñanza media del Liceo Polivalente de Paihuano, en pleno Valle de Elqui, participaron en una interesante jornada de difusión de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, a cargo de la Secretaría Regional MInisterial de Justicia de la Región de Coquimbo.


La actividad fue encabezada por la Seremi Marcela Muñoz, quien explicó a los secundarios los principales alcances de la normativa, destacando los nuevos tipos de sanciones que arriesgan los jóvenes que se vean involucrados en faltas, delitos o crímenes.

SANCIONAR SIN CÁRCEL















Columna de opinión publicada por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia - Región de Coquimbo, en Diario El Dia, de La Serena.
Imagen: Coquimbo, Provincia de Elqui.


No se extrañe si en algún medio de comunicación ve una noticia de este tipo: por un delito no grave, joven de 16 años es condenado a tres años de internación en el centro semi-cerrado de cumplimiento de penas de La Serena, administrado por el Servicio Nacional de Menores (Sename). O lo que es igual, tres años en los que será privado de libertad sólo en la noche, permaneciendo libre durante el día, aunque sujeto a un plan socio-educativo de reinserción social. Si a raíz de esta situación -perfectamente real- piensa que la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) es ‘blanda’ con los jóvenes infractores, considere, en primer término, que la nueva normativa, vigente desde el 8 de junio, sanciona delitos y faltas que antes quedaban impunes para adolescentes de 14 y 15 años de edad, y para los de 16 y 17 años que eran declarados sin discernimiento. Es decir, por primera vez en Chile personas de esas edades son responsables penalmente por sus actos.

Ahora bien, ¿qué sentido tiene este régimen semi-cerrado si ese joven dispone de todo el día para eventualmente cometer un nuevo ilícito? El énfasis de la LRPA es la reinserción social, al estar sobradamente comprobado que en términos criminológicos el efecto de la cárcel produce una mayor tasa de reincidencia en los jóvenes, hecho perjudicial para toda la sociedad. Por ello, al igual que las directrices internacionales sobre esta materia, en la LRPA las medidas privativas de libertad son el último recurso, excepto para los delitos más graves, debiendo entonces aplicarse otras sanciones que siempre deben ir acompañadas de programas socio-educativos personalizados.

Lejos de parecerse a una reclusión nocturna, la sanción en centro semi-cerrado, que priva de libertad al adolescente condenado entre las 22.00 y 07.00 horas del día siguiente, obliga a ese joven a asistir ineludiblemente a algún liceo o colegio, participar en la oferta socioeducativa del centro y desarrollar el plan de intervención elaborado por los profesionales del Sename, quienes controlarán y reportarán a un juez el cumplimiento de estas obligaciones. Si esto no ocurre, ese juez puede disponer una sanción más grave, como la total privación de libertad.
Así, la LRPA, junto con responsabilizar por primera vez a quienes tienen 14, 15, 16 y 17 años de edad, otorga a los adolescentes infractores garantías de continuidad de estudios básicos, medios y especializados, incluyendo la reinserción escolar en caso de deserción del sistema educativo formal, y la participación en actividades de carácter socioeducativo, de formación, desarrollo personal y preparación para la vida laboral, además de planes de tratamiento y rehabilitación del consumo de drogas, impuestos por el respectivo juez si se presenta algún tipo de adicción.



Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia – Región de Coquimbo

DIALOGANDO JUNTO A JUEZ DE GARANTÍA Y ESTUDIANTES



Variadas preguntas y comentarios realizaron estudiantes de enseñanza media del Colegio Francis School, de Coquimbo, durante una nueva jornada de difusión sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, organizada por la Secretaría Ministerial de Justicia.

La actividad fue encabezada por la Seremi Marcela Muñoz y por Juan Carlos Orellana, Juez de Garantía de La Serena, quien explicó las consecuencias prácticas de la Ley en la vida cotidiana de los jóvenes y la conducta que éstos debieran tener para no involucrarse en ilícitos.

MASIVO INTERÉS EN TIERRAS BLANCAS POR NUEVA LEY PENAL ADOLESCENTE



Notorio fue el interés demostrado por la comunidad de Tierras Blancas, Coquimbo, ante la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, concurriendo cerca de 200 personas a una capacitación sobre esta nueva normativa, efectuada en el Colegio Calasanz.

La jornada fue encabezada por la Seremi de Justicia, Marcela Muñoz, quien dio a conocer a los vecinos/as las principales características de la Ley, respondiendo las consultas de la audiencia y explicando la conducta que deben tener los jóvenes de 14, 15, 16 y 17 años de edad para no verse involucrados en hechos ilícitos y evitar así ser sancionados.

viernes, 19 de octubre de 2007

A TRABAJAR













Columna de opinión publicada por La Secretaría Regional Ministerial de Justicia en Diario El Día, de La Serena.
Imagen: Viñedos en comuna de Monte Patria, Provincia de Limarí


Parece que existen algunos mitos sobre la opinión de la ciudadanía respecto a cómo mejorar la seguridad pública. Por ejemplo, está lejos de ser unánime la fórmula ‘más carabineros, menos delincuencia’. Siempre que desde la Secretaría de Justicia hacemos difusión sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), muchas vecinas y dirigentes aseguran que es más importante la prevención educativa, cultural y social en los jóvenes. Lo mismo ocurre con las sanciones. Es frecuente que espontáneamente se diga que es incluso contraproducente encarcelar a adolescentes por ilícitos menores, que no le conviene a nadie que pierdan contacto con su familia y entorno.

¿Significa eso impunidad para el infractor? Claro que no. Desde el 8 de junio, cuando entró en vigencia la LRPA, todos quienes tienen 14, 15, 16 o 17 años de edad son sancionables penalmente si incurren en algún ilícito, desde fumar marihuana en la vía pública hasta cometer un homicidio.

En cuanto a esos hechos no graves que no son penables con privación de libertad, como hurto simple y robo en lugar no habitado, la LRPA contempla una forma novedosa de sanción, recibida favorablemente por la ciudadanía: los trabajos comunitarios, la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de personas en situación precaria, como prestación de servicios en salas cunas, Bomberos u organismos públicos de la Región. Ya hay jóvenes sentenciados, en La Serena, Ovalle, Illapel y Los Vilos, casos de los que hablaremos en próximos encuentros sabatinos.

Los trabajos comunitarios tendrán una extensión mínima de 30 horas y máxima de 120 horas. No podrán exceder de 4 horas diarias y deberán ser compatibles con la educación o trabajos del adolescente. Su imposición -por parte de un juez de garantía, en un proceso oral y transparente- requerirá del acuerdo del condenado para regular su contenido, debiendo, si así fuere, ser sustituida por una sanción superior, no privativa de libertad.

Si el joven reincide mientras cumple el trabajo comunitario, será no sólo un nuevo delito, sino además quebrantamiento de sanción, lo que por sí solo conlleva la sustitución por una pena más gravosa, sin perjuicio de la sanción por el nuevo delito. Si se comete después del trabajo comunitario, sólo implica que no podrá invocar la atenuante de irreprochable conducta anterior.

Los trabajos comunitarios hacen responsables a los jóvenes por ilícitos no graves que usualmente no se sancionaban, cuando eran cometidos por jóvenes de 14 o 15 años de edad, o bien por adolescentes de 16 o 17 años declarados sin discernimiento, ofreciendo la posibilidad de que el infractor aprenda a convivir correctamente, con respeto, pero sin encierro y desarraigarlo de su red social de apoyo.



Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia – Región de Coquimbo

UNIVERSITARIOS PREGUNTAN SOBRE LEY DE RPA


Cerca de ochenta estudiantes de la Universidad Santo Tomás, en La Serena, participaron en una nueva jornada de difusión sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, efectuada por la Secretaría Ministerial de Justicia de Coquimbo.


En la oportunidad, el estudiantado consultó a la Seremi Marcela Muñoz los principales alcances de la nueva normativa.

ESA FRECUENTE PREGUNTA (SEGUNDA PARTE)


Columna de opinión de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia de la Región de Coquimbo, publicada por Diario El Día, de La Serena.
Imagen: Comuna de Paihuano, Valle de Elqui.
Aquí estamos nuevamente, como ocurre desde febrero de 2004, juntos otro sábado para analizar uno de los bienes más importantes de la sociedad: la justicia. Hoy continuaremos con las sanciones contempladas en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), vigente desde el 8 de junio. Coinciden aquí la importancia jurídica de este punto y el interés e intuición de ustedes, la ciudadanía, siendo frecuentes las preguntas y comentarios de estudiantes, apoderados, dirigentes comunitarios y vecinos sobre este tema, cuando desde la Secretaría Ministerial de Justicia hacemos difusión por toda la Región.

Existe un amplio catálogo de sanciones no privativas de libertad, aplicables a jóvenes de 14, 15, 16 y 17 años de edad. Dos de ellas son la libertad asistida y la libertad asistida especial, y se utilizan en casos de delitos como robos no violentos. En éstas, previa sentencia de un juez, en un proceso oral, público e imparcial, el joven no es privado de libertad ni total ni temporalmente; permanece en el medio libre, sujeto por un máximo de 3 años al control de un delegado, de acuerdo a un plan de intervención personalizado, cuyo objetivo es la integración social, terminar a edad temprana una posible carrera delictiva.

¿Cómo funciona? Una vez designado el delegado -profesional especializado en adolescentes infractores, miembro de instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores-, se propondrá al juez un plan personalizado de cumplimiento de actividades periódicas para el infractor, con programas socioeducativos, de terapia, de promoción y protección de derechos, incluyendo la asistencia regular al sistema escolar que corresponda. Este plan será más intensivo en la libertad asistida especial. El control hacia el adolescente se ejercerá a través de medidas de supervigilancia aprobadas por el juez, que incluirán la presencia obligatoria del adolescente en encuentros periódicos con su delegado. Por último, la LRPA establece que si un adolescente no cumple con los requisitos y deberes se le aumentará la sanción, incluyendo su paso por centros privativos de libertad.


La libertad asistida y libertad asistida especial no fomentan la impunidad. De hecho, a través de ellas se castigan conductas de jóvenes de 14 o 15 años que antes de la LRPA quedaban sin ninguna sanción. El espíritu de la Ley apunta a poner como eje el proceso de reinserción social, indicando la experiencia internacional que las medidas en el medio libre son más efectivas, en este sentido, que la encarcelación y el desarraigo del adolescente de su entorno, sobre todo en ilícitos que no ponen en riesgo la integridad, la vida de las personas.


Marcela Muñoz Castillo
Secretaria Regional Ministerial de Justicia – Región de Coquimbo

MASIVA PLAZA CIUDADANA EN LA SERENA


En el sector Las Compañías, una nueva Plaza Ciudadana de Justicia congregó a cientos de vecinos/as de este populoso sector de La Serena.


En la actividad, que se extendió entre las 10.00 y 14.00 horas, los servicios del Ministerio, junto a la Secretaría de la Región de Coquimbo, entregaron información y orientación al público.

ALTO INTERÉS EN PROFESORES DE COQUIMBO ANTE NUEVA LEY DE RPA


Más de viente preguntas y comentarios formularon docentes del Colegio Francis School, de Coquimbo, durante una nueva jornada de difusión de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, efectuada por la Secretaría Ministerial de la Región de Coquimbo.


Durante la actividad, que congregó a cincuenta profesores/as, la Seremi Marcela Muñoz explicó los principales elementos de la nueva normativa.

CONTINÚA EVALUACIÓN DE LEY DE RPA EN REGIÓN DE COQUIMBO


Un profundo análisis del desenvolvimiento de la Ley de RPA en la Región de Coquimbo efectuaron los integrantes de la Mesa Regional que aborda la nueva judicatura.La actividad, coordinada por la Seremi de Justicia, Marcela Muñoz, se realizó en la Intendencia Regional.

NUEVAMENTE EN VICUÑA APRENDEN SOBRE LEY DE RPA


Cien estudiantes de enseñanza media del Liceo Alberto Mondaca Cortés, de la comuna de Vicuña, al interior de la Región de Coquimbo, participaron en una capacitación sobre la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, la que fue encabezada por la Seremi de Justicia Marcela Muñoz.